Desde el 24 de noviembre de 2020, ya es posible obtener la doble nacionalidad española y francesa. Por lo tanto, ya no es necesario para los nacionales de España y Francia la renuncia a su nacionalidad de origen cuando adquieran la nacionalidad del otro país.
El Consejo de Ministros ha aprobado esta semana el Convenio de nacionalidad entre el Reino de España y la República Francesa , el cual, recoge el acuerdo bilateral de doble nacionalidad entre ambos países, que se aplica a los nacionales de España y Francia.
La duda más frecuente en este caso es, ¿cómo se consigue la nacionalidad española?. En este sentido, nuestro departamento de extranjería ha escrito un artículo en el cual te explicamos este procedimiento.
La nacionalidad española se puede obtener después de haber residido en España de forma legal y continuada por al menos 10 años, en base al Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre.
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