Llegado el primero de diciembre del año en curso, ha expirado el último plazo para que las empresas tengan 249 trabajadores o menos en planilla cuenten con un canal de denuncias anónimo, legalmente denominado Sistema Interno de información (SII).
El Sistema Interno de Información (SII) se refiere a la Ley 2/2023 de 20 de febrero, que regula la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, que tiene por principal objetivo la salvaguarda de las personas que en contextos laorales o profesionales detecten y denuncien delitos, incumplimientos del derecho laboral, del derecho europeo o infracciones administrativas de gravedad. La nueva regulación pretende garantizar el anonimato de los denunciantes con el objeto de que no sufran repercusiones por el cumplimiento de su deber legal de denunciar.
Los principales puntos que deben tenerse en cuenta para cumplir con la normativa SII son:
Será primordial que las empresas que reciban denuncias por medio de estos canales anónimos lleven a cabo un procedimiento de investigación de lo denunciado y tomen las medidas necesarias en cuanto a la protección del denunciante.
Las sanciones que las autoridades competentes puedan imponer a las compañías que no cumplen con la Ley 2/2023 de 20 de febrero, dependerán en su monto de la gravedad de esta, pues la Administración Pública valorará lo lesivo del incumplimiento en cada circunstancia.
Sin embargo, es importante considerar que tan solo las sanciones leves podrán ascender hasta los 100.000 euros y los importes de las multas irán elevándose exponencialmente.
Los incumplimientos pueden ser amplios y variados, yendo desde nohaber establecido el canal de denuncias anónimas hasta adoptar represalias en contra de los denunciantes. Aunque la ley de cierta flexibilidad en cuanto a la implementación del modelo SII en las empresas, como por ejemplo en la cantidad de personas que compongan este órgani, en caso tal de que no se garantice la independencia y autonomía de los canales anónimos dentro de las compañías o no se dote de los medios suficientes para cumplir su cometido, las compañías podrán ser sancionadas enconómicamente al verificarse la insuficiencia en el cumplimiento de la normativa.
La ya mencionada Ley establece la escala de sanciones para las personas jurídicas de la siguiente manera:
Las sanciones económicas no son las únicas previstas para quienes incumplan la normativa SII, pues también se prevén otro tipo de consecuencias como la prohibición de obtener subvenciones o beneficios fiscales por hasta 4 años, la prohibición de contratar con el sector público por un máximo de 3 años, entre otras.
Si ha pasado el plazo máximo y aún no has implementado la normativa SII lo más recomendable es que apliques lo más rápido posible en tu compañía todo lo necesario para dar cumplimiento a los nuevos requerimientos legales, pues esta es la única manera posible de prevenir una sanción en caso de que las autoridades competentes (que se encuentran en el ámbito autonómico y nacional) realicen una inspección o reciban por parte de agentes internos o externos a la compañía que denuncien la falta de aplicación de la ley.
Desde Gentile Law, expertos en derecho corporativo, te asesoramos en el cumplimiento de la ley reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.