El pasado 12 de febrero de 2021 el Gobierno Portugués publicó el Decreto Ley nº 14/2021 que modifica la Ley 23/2007 por la que se aprueba el régimen legal para la entrada, residencia, salida y expulsión de extranjeros del territorio nacional.
El objetivo de esta modificación, explica el Gobierno Luso, es diseñar una política pública que dé prioridad a los territorios más vulnerables del país, a la regeneración de empleo y a la recalificación del patrimonio urbano y cultural. Para ello, se modifican determinados aspectos del régimen de obtención de visados por inversión.
En primer lugar, y en relación a la obtención de visados “Golden Visa” por la adquisición de bienes inmuebles, se limita la zona geográfica donde se pueden adquirir estos bienes a las zonas rurales o del interior del país y a las islas de Madeira y Azores. En este sentido, y a partir del 1 de enero de 2022, quedarían excluidos de este régimen los inmuebles adquiridos en las ciudades de Lisboa y Oporto y la región del Algarve.
Seguidamente, el Decreto Ley incrementa las cuantías de las inversiones que permiten obtener una Golden Visa por transferencia de capital, actividades de investigación, adquisición de participaciones en fondos de inversión y constitución de sociedades mercantiles. El incremento del valor de estas inversiones es el siguiente:
– Transferencia de capital: incremento de 1 millón a 1,5 millones de euros;
– Transferencia de capital que se aplica a actividades de investigación realizadas por instituciones de investigación científica públicas o privadas, integradas en el sistema científico y tecnológico nacional; incremento de 350.000 € a 500.000 €,
– Transferencia de capital destinado a la adquisición de participaciones en fondos de inversión: incremento de 350.000 € a 500.000 €,
– Transferencia de capital destinado a la constitución de una sociedad mercantil con sede en territorio nacional: incremento de 350.000 € a 500.000 €.
El nuevo régimen entrará en vigor el 1 de enero de 2022.
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