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¿Qué son los Vicios Ocultos en las Compraventas?

¿Qué son los Vicios Ocultos en las Compraventas?Publicado: 15-11-2024

En el ámbito de la compraventa inmobiliaria en España, la cuestión de los vicios ocultos es fundamental para proteger a los compradores y mantener la integridad del mercado. Estos vicios, que son defectos no visibles durante una inspección ordinaria, pueden afectar la calidad, el valor y la habitabilidad de una propiedad, generando incertidumbre legal para ambas partes. 

Como abogados expertos en derecho inmobiliario, para evitar este tipo de problemas, exploramos cómo se regulan los vicios ocultos en el marco legal español y qué medidas pueden adoptarse para proteger los intereses de los compradores.

¿Qué se conoce como los vicios ocultos?

Los vicios ocultos son defectos que afectan una propiedad y que no pueden ser detectados a simple vista. Pueden incluir problemas estructurales, fallos en las instalaciones eléctricas, daños en la fontanería o cualquier otro defecto que impacte el uso y valor del inmueble. Identificar estos vicios es crucial, ya que pueden acarrear gastos significativos para el comprador. 

Cuando estamos ante un vicio oculto:

  • Que el vicio sea oculto: del artículo 1.484 CC se desprende que el primer requisito para que estemos hablando estrictamente de un vicio oculto, es que no puede ser advertido a simple vista, por lo que si el desperfecto puede ser identificado por el comprador sin tener la plena disposición, no podría reclamar al vendedor por las vías que a continuación explicaremos. 
  • Que el vicio sea grave: es importante destacar que el vicio oculto debe entenderse así desde un punto de vista funcional. Debe sobreentenderse que en el supuesto en que hubiera observado el defecto, el adquiriente no habría comprado el inmueble o hubiera pagado menos precio por él.
  • Que el vicio ha de ser preexistente a la compraventa: el comprador debe probar no solo que existe un vicio, sino que el mismo es anterior a la perfección del contrato. 

Responsabilidad del vendedor según el Código Civil

El artículo 1.461 del Código Civil español establece que el vendedor debe garantizar que la propiedad esté libre de vicios ocultos que la hagan inapropiada para su uso previsto. Esto significa que el vendedor tiene la obligación de asegurarse de que la propiedad cumpla con las expectativas razonables del comprador. 

El artículo 1.474 también indica que el vendedor es responsable de indemnizar al comprador por los vicios ocultos que afecten el uso de la propiedad. Esto es relevante especialmente si los defectos disminuyen el valor de la propiedad a tal punto que el comprador no habría realizado la compra o habría exigido un precio menor. 

Es importante resaltar que la responsabilidad del vendedor se limita a aquellos vicios que no son evidentes. Si el comprador, debido a su experiencia o profesión, debería haber identificado los vicios, el vendedor no será considerado responsable. 

Pérdida de la Propiedad

El Código Civil también aborda la pérdida de la propiedad a causa de vicios ocultos. Por ejemplo, si un inmueble sufre daños graves debido a fallos en su estructura, se debe analizar si el vendedor conocía estos vicios. 

  1. Si el vendedor conocía los vicios: Deberá reembolsar el precio de venta, cubrir los gatos asociados y compensar al comprador por daños.
  2. Si el vendedor desconocía los vicios: Su obligación se limita a devolver el precio y los gastos pagados por el comprador. 

Opciones legales para el comprador ante vicios ocultos

El artículo 1.486 del Código Civil brinda al comprador varias opciones si descubre vicios ocultos:

  1. Desistir del contrato de compraventa: El comprador puede optar por cancelar el contrato y recibir la devolución de los gastos pagados. 
  2. Solicitar una reducción del precio: Esta opción implica que el comprador puede exigir una rebaja proporcional del precio, determinada por peritos. 

Además, si el vendedor era consciente de los vicios ocultos y nos los comunicó, el comprador tiene derecho a reclamar indemnización por los daños sufridos. 

Plazo de reclamaciones de vicios ocultos

Es crucial que los compradores actúen con rapidez, ya que tienen un plazo de seis meses desde la entrega de la propiedad para presentar una reclamación por vicios ocultos, según el artículo 1.490 del Código Civil. La agilidad en la presentación de la reclamación es esencial, ya que cualquier retraso podría afectar la viabilidad de la demanda. 

Dada la posibilidad de que existan vicios ocultos, es altamente recomendable que los compradores realicen una inspección exhaustiva de la propiedad antes de formalizar la compraventa. Invertir en la asesoría de profesionales como arquitectos e ingenieros puede ser clave para identificar problemas ocultos. Además, contar con el apoyo de abogados especializados en derecho inmobiliario puede ayudar a entender las implicaciones legales y a establecer estrategias de protección adecuadas. 

Los vicios ocultos son un aspecto crítico de las transacciones inmobiliarias que, si no se gestionan adecuadamente, pueden resultar en pérdidas económicas significativas para los compradores. Con el conocimiento y la preparación adecuados, se pueden minimizar estos riesgos y garantizar transacciones más seguras y transparentes. 

Asesoría para gestionar y reclamar vicios ocultos

Si quieres saber más sobre qué son los vicios ocultos en la compraventa inmobiliaria en España, desde Gentile Law contamos con un equipo experto listo para ayudarte. 

Marta Batalla Eguidazu 

martabatalla@gentile.law

+34 684 460 426


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