El Visado de Emprendedor es uno de los permisos de residencia más demandados por aquellos extranjeros que desean trasladar su residencia a España, y a la vez que desarrollar su propio negocio.
La característica principal del Visado de Emprendimiento es el desarrollo de una actividad emprendedora de carácter innovador con especial interés económico para España. Se entiende por especial interés económico a las actividades empresariales y/o emprendedoras que supongan creación de puestos de trabajo y/o tengan un carácter innovador para España, y/o suponga inversión para España.
Este tipo de autorización tiene numerosos beneficios, entre los que se encuentran:
Los requisitos principales de este tipo de autorización son el perfil profesional del solicitante y su involucración en el proyecto, además de tener un plan de negocio que refleje los siguientes aspectos:
En Goy Gentile abogados revisamos su plan de negocios desde una perspectiva legal, con el objetivo de verificar que cumple con todos los requisitos exigidos por la Ley.
En relación al proceso de solicitud, esta autorización se puede solicitar desde el país de origen, a través del Consulado, o en los tres primeros meses desde su entrada en España. En ambas situaciones, los abogados del Departamento de Extranjería de Goy Gentile se encargarán de formalizar la solicitud y acompañarán al cliente a lo largo de todo el proceso hasta la obtención de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).
La Administración resolverá en un plazo de 20 días hábiles, y concederá una autorización de residencia por un periodo de un año si ésta se hubiera solicitado en el Consulado del país de origen, o de dos años si se solicitara desde España.
Posteriormente, si el solicitante estuviera interesado en renovar su autorización, Goy Gentile Abogado cuenta con amplia experiencia no solo en solicitudes sino en también en las renovaciones de las mismas.
Contacto:
Claudia Hernández
claudiahernandez@gentileges.com
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